¡Ongamira Despierta! Es el grito de alerta de vecinos autoconvocados de Córdoba, Argentina, frente a la explotación minera metalífera a cielo abierto, contaminante y saqueante. El movimiento surgió ante la amenaza de explotación en el Valle de Ongamira, un lugar mágico y rico tanto a nivel turístico como arqueológico.
Cómo hace cuatro años, nos seguimos reuniendo en Asamblea para informarnos y debatir un panorama que, no sólo atañe al noroeste cordobés, sino que se repite con desolada continuidad en las nefastas experiencias vividas por nuestros hermanos de Catamarca, San Juan, Chubut, La Rioja, Tucumán y Santa Cruz entre otras provincias de la Argentina y en varios países de América Latina.
El contexto jurídico que regula la actividad minera, heredado de la decada del ’90, tiende únicamente a favorecer el desarrollo de ese sector de la industria en detrimento del patrimonio nacional.
En septiembre de 2008 el pueblo unido logró que se sancione por unanimidad la Ley Provincial 9526 que PROHIBE la MINERÍA METALÍFERA A CIELO ABIERTO en Córdoba. Esta Ley actualmente está amenazada ante un pedido de inconstitucionalidad. Por esto seguiremos Despiertos y Despertando.

¡Ongamira Despierta! dice sí a la vida y a la salud; sí a la preservación del agua y los recursos naturales; sí a la protección del patrimonio cultural y ¡NO A LA MINA!

En este blog encontrará el material necesario para informarse sobre la situación que esta sufriendo Córdoba y el resto de nuestro querido país frente a la amenaza minera.


DECLARATORIA DE ADHESION A LA DEFENSA DE LA LEY 9526

VIDEOS: Situación minera en Córdoba "MINAS A CORAZÓN ABIERTO"

¿Por qué siguen ofreciendo Ongamira si hay una Ley que la protege?

¿Por qué siguen ofreciendo Ongamira si hay una Ley que la protege?
Página oficial

Historia de una mina de uranio en Córdoba

viernes, 29 de octubre de 2010

Record mundial de conflictos sociales es por mineras canadienses

Las mineras canadienses se encuentran implicadas cuatro veces más que sus competidores del resto del planeta en violaciones a los principios de Responsabilidad social de las empresas, destaca un estudio inédito realizado por cuenta de Prospectors and Developpers Association of Canada (PDAC) [Asociación de exploradores y desarrollistas de Canadá], creada en 1932 en la provincia de Ontario, Canadá.
Fuente: Periódico Le Devoir

27/10/2010. Este estudio, realizado por el Canadian Center for the Study of Resource Conflict [Centro canadiense para el estudio de conflictos por los recursos] fue encomendado por la PDAC en octubre 2009 y acaba de hacerlo público Mining Watch Canada.
En Quebec, el tema de las minas está vigente con dos proyectos de ley, uno conocido y otro que vendrá después de las audiencias públicas sobre el petróleo de esquisto bituminoso. La Asamblea nacional estudia actualmente una nueva Ley sobres las minas que reafirmaría la mayoría de los privilegios jurídicos con que gozan la industria desde hace mucho tiempo y que es denunciado por los medios municipales y ecologistas con una escasa unanimidad.
La Ley sobre las minas es preeminente de los poderes de las Municipalidades regionales de condado [agrupa todas la municipalidades de un territorio dado formando una entidad administrativa] en materia de gestión y fomento territorial. Los ecologistas, que han a menudo calificado los poderes exorbitantes del sector minero como una reliquia de otra edad, estiman que la protección del medio ambiente y de los ecosistemas debe pasar antes que los intereses privados de ese sector. Las regiones mineras son las más contaminadas por productos tóxicos en Quebec. Algunas mineras no vacilan en perseguir judicialmente a ciudadanos y grupos que atacan en Canadá, lo que se considera como persecución estratégica contra la participación pública [SLAPP en inglés].
De las 171 sociedades citadas en el informe, que analiza 171 "incidentes" o conflictos de naturaleza social o ambiental ocurridos entre 1999 y 2009, 34% son de las mineras canadienses. Estas están al centro de los conflictos más grandes. 63% de los incidentes destacados en este estudio son de mineras provenientes de cinco países.
Las sociedades canadienses solamente, son responsables de 33% de los conflictos, es decir cuatro veces más que los atribuidos a las compañías de la India y Australia (8%), seguidas por las mineras estadounidenses y británicas (6%). Globalmente, las mineras canadienses monopolizan 75% de todas las sedes sociales de esta industria en el mundo.
De todos los incidentes atribuidos a las mineras canadienses, 60% son conflictos con los miembros de las comunidades locales y 40% tocan distintas formas de deterioración del medio ambiente. En fin, 30% de esos "incidentes" son el hecho de actitudes contrarias a la ética, que implican a menudo las agencias de seguridad privadas. Solamente 13% de los casos, están relacionados con conflicto de trabajo.
Los incidentes analizados en este estudio provienen de denuncias públicas de grupos humanitarios (65%), de organizaciones locales (25%), de gobiernos nacionales (22%), de protestas sociales del lugar afectado (21%), de medios de comunicación (21%), de organismos gubernamentales internacionales (15%), de tribunales (13%) y de fuentes universitarias (8%). Los autores del estudio rechazaron todos los casos donde las informaciones no pueden ser corroboradas por varias fuentes.
De las 124 sociedades analizadas que publican sus informes anuales en Internet, 78% adhieren de diversas maneras a los principios de Responsabilidad social de las empresas (RSE). En virtud de este concepto, las empresas integran las preocupaciones sociales, ambientales y económicas en sus actividades con la población, pero sobre una base voluntaria. En definitiva, se trata de una forma de aplicación de principios de desarrollo sustentable particularmente útiles en los países que no tienen o tienen pocas normas sociales o ambientales, o donde los regímenes podridos no los aplican.
Sin embargo, según el estudio en cuestión, la mayoría de las sociedades mineras no conservan o publican solamente algunos párrafos, generalmente vagos, como política de RSE y aunque la gran mayoría de las sociedades canadienses adoptaron políticas de RSE, muy pocas entre ellas, subraya el informe, aceptan el principio de auditoría independiente. Ocho sociedades canadienses de diez, implicadas en los incidentes analizados en este informe, afichan tales políticas.
Es lo que hace decir a los autores del informe que de "toda evidencia, las mineras canadienses y las empresas de exploración tienen que cambiar de estrategia si quieren mejorar sus relaciones con las comunidades, los gobiernos, la sociedad civil y la atenuación de los riesgos" que provocan sus actividades.
Los operadores de minas de oro se encuentran muy seguido en el banco de los acusados en este informe, en comparación a las minas de cobre (13%) y de carbón (12%) que se encuentran a la cabeza del pelotón.
Los puntos calientes de estos conflictos son la India (10%), Indonesia (9%), Filipinas (8%) y la Republica democrática del Congo (7%). Pero si sumamos los incidentes por región, América latina llega a la cabeza con 32%, seguida por el África subsahariana (24%), por Asia del Sureste (19%) y por Asia Centro-sur (12%).
Los autores del informe concluyen que las asociaciones industriales que agrupan el sector minero tienen interés a participar a una redefinición más precisa de sus obligaciones al extranjero. Y este enfoque debería ir junto con una política gubernamental que exigiera más transparencia e imputabilidad, como lo quiere instituir el proyecto de ley C-300, actualmente en estudio en el Parlamentario federal. Depositado en mayo 2009, este proyecto de ley propone codificar por reglamento las operaciones de las mineras en el extranjero. Obligaría al gobierno canadiense de cortar los fondos y su apoyo a las mineras convencidas de estar en violación de los derechos de las personas, de las normas ambientales y del trabajo.
Mining Watch Canada, el grupo al origen de esta noticia, estima que este informe pedido por la industria confirma lo que dice el grupo desde años y que muestra que no se trata de "algunas manzanas podridas", pero de un fenómeno generalizado a lo cual el gobierno debe ocuparse para terminar con "las violaciones cometidas al desmedro de los derechos de la persona y del medio ambiente".

www.ecoportal.net
Periódico Le Devoir - Autor: Louis-Gilles Francoeur - 20 de octubre 2010
OLCA www.olca.cl

jueves, 28 de octubre de 2010

¡¡SE PUBLICÓ LA LEY DE GLACIARES!! LEY 26.639

FELICITACIONES A TODOS! TENEMOS LEYYYYYYYYY!!!!!!!!!


MEDIO AMBIENTE
Ley 26.639
Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.
Sancionada: Septiembre 30 de 2010.
Promulgada de Hecho: Octubre 28 de 2010.


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
REGIMEN DE PRESUPUESTOS MINIMOS PARA LA PRESERVACION DE LOS GLACIARES Y DEL AMBIENTE PERIGLACIAL


ARTICULO 1º — Objeto. La presente ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de Recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico. Los glaciares constituyen bienes de carácter público.


ARTICULO 2º — Definición. A los efectos de la presente ley, se entiende por glaciar toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de nieve, ubicado en diferentes ecosistemas, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación. Son parte constituyente de cada glaciar el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua. Asimismo, se entiende por ambiente periglacial en la alta montaña, al área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña al área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo.


ARTICULO 3º — Inventario. Créase el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo.


ARTICULO 4º — Información registrada. El Inventario Nacional de Glaciares deberá contener la información de los glaciares y del ambiente periglacial por cuenca hidrográfica, ubicación, superficie y Clasificación morfológica de los glaciares y del ambiente periglacial. Este inventario deberá actualizarse con una periodicidad no mayor de CINCO (5) años, verificando los cambios en superficie de los glaciares y del ambiente periglacial, su estado de avance o retroceso y otros factores que sean relevantes para su conservación.


ARTICULO 5º — Realización del Inventario. El inventario y monitoreo del estado de los glaciares y del ambiente periglacial será realizado y de responsabilidad del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) con la coordinación de la autoridad nacional de aplicación de la presente ley. Se dará intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto cuando se trate de zonas fronterizas pendientes de demarcación del límite internacional previo al registro del inventario.


ARTICULO 6º — Actividades prohibidas. En los glaciares quedan prohibidas las actividades que puedan afectar su condición natural o las funciones señaladas en el artículo 1º, las que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes: a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial; b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica y las prevenciones de riesgos; c) La exploración y explotación minera e hidrocarburífera. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial; d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.


ARTICULO 7º — Evaluación de impacto ambiental. Todas las actividades proyectadas en los glaciares y en el ambiente periglacial, que no se encuentran prohibidas, estarán sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, según corresponda conforme a su escala de intervención, en el que deberá garantizarse una instancia de participación ciudadana de acuerdo a lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de la Ley N° 25.675 —Ley General del Ambiente—, en forma previa a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente. Se exceptúan de dicho requisito las siguientes actividades: a) De rescate, derivado de emergencias; b) Científicas, realizadas a pie o sobre esquíes, con eventual toma de muestras, que no dejen desechos en los glaciares y el ambiente periglacial; c) Deportivas, incluyendo andinismo, escalada y deportes no motorizados que no perturben el ambiente.


ARTICULO 8º — Autoridades competentes. A los efectos de la presente ley, será autoridad competente aquella que determine cada jurisdicción. En el caso de las áreas protegidas comprendidas por la Ley N° 22.351, será autoridad competente la Administración de Parques Nacionales.


ARTICULO 9º — Autoridad de aplicación. Será autoridad de aplicación de la presente ley el organismo nacional de mayor nivel jerárquico con competencia ambiental.


ARTICULO 10. — Funciones. Serán funciones de la autoridad nacional de aplicación: a) Formular las acciones conducentes a la conservación y protección de los glaciares y del ambiente periglacial, en forma coordinada con las autoridades competentes de las provincias, en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), y con los ministerios del Poder Ejecutivo nacional en el ámbito de sus respectivas competencias; b) Aportar a la formulación de una política referente al cambio climático acorde al objetivo de preservación de los glaciares y el ambiente periglacial, tanto en la órbita nacional, como en el marco de los acuerdos internacionales sobre cambio climático; c) Coordinar la realización y actualización del Inventario Nacional de Glaciares, a través del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA); d) Elaborar un informe periódico sobre el estado de los glaciares y el ambiente periglacial existentes en el territorio argentino, así como los proyectos o actividades que se realicen sobre glaciares y el ambiente periglacial o sus zonas de influencia, el que será remitido al Congreso de la Nación; e) Asesorar y apoyar a las jurisdicciones locales en los programas de monitoreo, fiscalización y protección de glaciares; f) Crear programas de promoción e incentivo a la investigación; g) Desarrollar campañas de educación e información ambiental conforme los objetivos de la presente ley; h) Incluir los principales resultados del Inventario Nacional de Glaciares y sus actualizaciones en las comunicaciones nacionales destinadas a informar a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.


ARTICULO 11. — Infracciones y sanciones. Las sanciones al incumplimiento de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran corresponder, serán las que se fijen en cada una de las jurisdicciones conforme el poder de policía que les corresponde, las que no podrán ser inferiores a las aquí establecidas. Las jurisdicciones que no cuenten con un régimen de sanciones aplicarán supletoriamente las siguientes sanciones que corresponden a la jurisdicción nacional: a) Apercibimiento; b) Multa de CIEN (100) a CIEN MIL (100.000) sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional; c) Suspensión o revocación de las autorizaciones. La suspensión de la actividad podrá ser de TREINTA (30) días hasta UN (1) año, según corresponda y atendiendo a las circunstancias del caso; d) Cese definitivo de la actividad. Estas sanciones serán aplicables previo sumario sustanciado en la jurisdicción en donde se realizó la infracción y se regirán por las normas de procedimiento administrativo que corresponda, asegurándose el debido proceso legal, y se graduarán de acuerdo a la naturaleza de la infracción.


ARTICULO 12. — Reincidencia. En caso de reincidencia, los mínimos y máximos de las sanciones previstas en los incisos b) y c) del artículo anterior podrán triplicarse. Se considerará reincidente al que, dentro del término de CINCO (5) años anteriores a la fecha de comisión de la infracción, haya sido sancionado por otra infracción de causa ambiental.


ARTICULO 13. — Responsabilidad solidaria. Cuando el infractor fuere una persona jurídica, los que tengan a su cargo la dirección, administración o gerencia, serán solidariamente responsables de las sanciones establecidas en la presente ley.


ARTICULO 14. — Destino de los importes percibidos. Los importes percibidos por las autoridades competentes, en concepto de multas, se destinarán, prioritariamente, a la protección y restauración ambiental de los glaciares afectados en cada una de las jurisdicciones.


ARTICULO 15. — Disposición transitoria. En un plazo máximo de SESENTA (60) días a partir de la sanción de la presente ley, el IANIGLA presentará a la autoridad nacional de aplicación un cronograma


para la ejecución del inventario, el cual deberá comenzar de manera inmediata por aquellas zonas en las que, por la existencia de actividades contempladas en el artículo 6º, se consideren prioritarias. En estas zonas se deberá realizar el inventario definido en el artículo 3° en un plazo no mayor de CIENTO OCHENTA (180) días. Al efecto, las autoridades competentes deberán proveerle toda la información pertinente que el citado instituto le requiera. Las actividades descritas en el artículo 6º, en ejecución al momento de la sanción de la presente ley, deberán, en un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días de promulgada la presente, someterse a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales potenciales y generados. En caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial, contemplados en el artículo 2° las autoridades dispondrán las medidas pertinentes para que se cumpla la presente ley, pudiendo ordenar el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan.


ARTICULO 16. — Sector Antártico Argentino. En el Sector Antártico Argentino, la aplicación de la presente ley estará sujeta a las obligaciones asumidas por la República Argentina en virtud del Tratado Antártico y del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.


ARTICULO 17. — La presente ley se reglamentará en el plazo de NOVENTA (90) días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTICULO 18. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.


— REGISTRADA BAJO EL N° 26.639 —
EDUARDO A. FELLNER. — José Juan Bautista Pampuro. — Marta Alicia Luchetta. — Juan José Canals.

sábado, 23 de octubre de 2010

El radón y sus efectos sobre la salud

El radón es un gas radiactivo de origen natural; se produce por la descomposición del uranio-238 que a su vez se desintegra en el radio-226 y éste en el radón-222 (ver la figura 1). Esto tiene lugar en el seno de la corteza terrestre por ser el uranio-238 un elemento presente en pequeñas cantidades en muchos tipos de rocas, suelos y materiales. De estos materiales el gas radón emigra hacia la atmósfera y, una vez en ésta, se dispersa y se desintegra en sus descendientes (también radiactivos), que se adhieren a las partículas que están siempre presentes en el aire (aerosol atmosférico).
Figura 1. Series radiactivas naturales

La toxicidad del radón es debida a su radiactividad, ya que es un emisor de partículas a (He++) que producen ionizaciones en el seno de la materia celular. Según publicaciones especializadas de Estados Unidos, el radón es la segunda causa de cáncer de pulmón en este país; solamente el tabaquismo produce más muertes.
Alveolo pulmonar

Efectos de las radiaciones ionizantes sobre la salud
Dado que, como se ha dicho, el radón genera partículas que producen ionizaciones (es decir, se trata de una contaminación radiactiva), sus posibles efectos sobre la salud estarán relacionados con los de las radiaciones ionizantes con la particularidad de su entrada a través del aire alveolar.
El conocimiento de los efectos de las radiaciones ionizantes sobre los seres vivos, se ha obtenido gracias a la experimentación tanto in vivo (animales de laboratorio) como in vitro (cultivos celulares), y también al estudio de las lesiones producidas por las radiaciones ionizantes sobre las personas (exposición a bombas atómicas o lluvia radiactiva, accidente de Chernobil y aplicaciones terapéuticas).
La acción de las radiaciones ionizantes sobre los organismos vivos es de carácter probabilístico y no selectivo; es decir, que la interacción puede o no producirse y que la transferencia de la energía de la radiación no tiene predilección por ningún componente de la célula, sino que puede actuar en cualquiera de ellos.
La energía producida por las radiaciones ionizantes es absorbida por las células muy rápidamente, (en un tiempo de 10-7 segundos) causando unas lesiones que no son específicas, es decir, no se pueden distinguir de las causadas por otros agentes físicos o químicos. Estos cambios producidos por las radiaciones ionizantes en las células son siempre de tipo lesivo, suponen una alteración de los procesos normales de las mismas y además no se presentan regularmente de forma inmediata, sino que pueden tardar hasta años en manifestarse. Este tiempo es el que se denomina periodo de latencia.

Mecanismos de acción de las radiaciones sobre las células
Las radiaciones ionizantes actúan sobre las células siguiendo dos posibles mecanismos: la acción directa y la indirecta.
Acción directa
La acción directa se produce como consecuencia de la absorción de la energía de la radiación por la célula directamente a nivel de unas estructuras clave o blanco.
Estas estructuras pueden ser macromoléculas, tales como el ADN, el ARN, enzimas y proteínas, bien estructuras del núcleo (cromosomas, nucleolo, membrana) o orgánulos citoplasmáticos (ribosomas, mitocondrias, membrana celular). La absorción de la energía de la radiación produciría ionizaciones y excitaciones a nivel de estas estructuras que podrían desembocar en un daño celular. (ver las figuras 2 y 3).
Figura 2
Figura 3

Acción indirecta
La acción indirecta de las radiaciones ionizantes es la absorción de la energía de la radiación por las moléculas de agua, elemento del que están constituidos mayoritariamente la célula y los seres vivos en general. El agua se disocia produciéndose iones y radicales libres muy reactivos, pudiendo reaccionar entre sí o con otros compuestos. Como consecuencia de ello se alteran las propiedades físicas y químicas del medio intracelular, llegándose a interferir los procesos metabólicos normales de la célula.
La absorción de la energía de la radiación ionizante por el agua, se realiza creándose un par de iones HOH+ y HOH- según el siguiente esquema:
HOH + RI ® HOH+ + e-
HOH + e- ® HOH-
Los dos iones producidos por las reacciones anteriores son inestables y se rompen rápidamente dando lugar a radicales libres (H+ y OH-) que contienen solo un electrón orbital no emparejado, lo que, como se ha dicho los hace fuertemente reactivos. El par de iones puede reaccionar entre sí formando una molécula de agua, con lo cual el efecto sobre la célula será nulo, o bien puede reaccionar químicamente con otras moléculas generando productos dañinos para la célula, como puede ser la formación de agua oxigenada

El radón como fuente de radiación
La población en general está expuesta a radiaciones ionizantes de origen natural y artificial. Estas últimas, provenientes en su mayoría de actividades médicas, no se van a comentar en esta NTP.
Las fuentes naturales de radiación son la radiación cósmica y de la corteza terrestre, los materiales de construcción, los materiales radiactivos que existen en el organismo y en los alimentos, tales como el carbono 14, el potasio 40 o el tritio.
El radón y el torón son dos gases radiactivos que proceden de la desintegración del uranio y que se encuentran de forma natural en la atmósfera. En España la dosis media procedente del radón es de 1,2 mSv al año, pudiendo alcanzar valores de hasta 40 mSv en determinadas zonas. Estas dosis se reciben sobre todo en el interior de los edificios, ya que en el exterior se dispersa en el aire. El valor medio depende de las características de la zona en la que se viva, de los materiales de construcción empleados y de la ventilación de los locales.
De todas las fuentes naturales de radiación, la más importante es la que proviene de las emanaciones naturales de radón, siendo también la más controlable, pudiéndose evaluar los posibles riesgos derivados de la inhalación de radón y sus descendientes.
Las contribuciones de las distintas fuentes de radiación a la dosis equivalente anual que recibe una población se pueden resumir en la tabla 1. Aunque debe tenerse en cuenta que estos datos pueden variar de unas zonas a otras del planeta, en ella se constata la importancia relativa del radón como fuente radiactiva, además de la relación entre las fuentes naturales y las artificiales.

Fuentes radiactivas             Proporción del total  Dosis promedio mSv
Fuentes naturales
Radón                                47 %                         1200
Interna (K40)                      12 %                          300
Gamma (Corteza terrestre)  14 %                           350
Cósmica                             10 %                          250
Torón                                  4 %                          100
Total de fuentes naturales    87 %                         2.200
Fuentes artificiales
Tratamientos médicos          12 %                         300
Depósitos radiactivos          0,4 %                         100
(lluvia, polvo)
Miscelánea                          0,4 %                           10
Ocupacional                        0,2 %                            5
Total fuentes artificiales         13 %                        325
Total todas las fuentes         100 %                      2.525

Según los datos de la tabla, la contribución más importante procede de las fuentes naturales, el 87%, mientras que las radiaciones artificiales contribuyen con un 13%. De todas las fuentes naturales la del radón es casi un 50% de la dosis equivalente total.

Mecanismos de actuación del radón
Los estudios experimentales realizados con animales que han sido irradiados, así como los realizados con personas, que por diversos motivos han sido sometidas a fuertes dosis de radiación, han puesto de manifiesto que las radiaciones ionizantes constituyen un agente cancerígeno. La aparición del cáncer suele ocurrir al cabo de varios años de haber recibido la irradiación, siendo un efecto tardío, probabilístico o estocástico. La probabilidad evidentemente aumenta con la dosis.
Como ya se ha comentado anteriormente, la toxicidad del radón es debida a su radiactividad; al tratarse de un gas inerte no se metaboliza, pero sí puede disolverse en los tejidos. Las partículas a que emite producen ionizaciones en el seno de la materia celular por poseer una gran energía cinética que se disipa en el seno de la misma, mediante la creación de iones, de radicales libres o rompiendo las moléculas clave como puede ser el ADN. Las células irradiadas pueden experimentar modificaciones profundas llegando ser destruidas.
El poder de penetración de las partículas a es muy pequeño; al ser partículas muy pesadas. Si la radiación es externa, pueden ser detenidas por la epidermis que actúa de blindaje para el cuerpo, pero si penetran en el organismo por inhalación, que es lo que ocurre con el radón, quedan detenidas en el tracto respiratorio cuyos tejidos están mucho menos protegidos que otros, pudiendo lesionar o destruir sus células. Si se tiene en cuenta, además, que en un ambiente donde exista radón se encuentran también sus descendientes, que son metálicos y pueden quedar fijados en las paredes del sistema respiratorio, las partículas a que emiten ellos y todos sus descendientes depositan toda su energía en el pulmón, potenciando la acción del radón disuelto en los tejidos del sistema respiratorio, y desarrollando con el tiempo un cáncer de pulmón.

Estudios toxicológicos
Los primeros trabajos que citan la carcinogenicidad del radón en animales (ratas y monos) expuestos por inhalación a concentraciones de 7,5 x 10-7 Ci/l (27,8 x 106 Bq/m3), fueron realizados en 1943. Los efectos encontrados en estudios posteriores de toxicidad aguda realizados con los mismos animales durante periodos comprendidos entre tres y siete semanas y con exposición a concentraciones por inhalación de radón comprendidas entre 0,0005 y 0,02 mCi/l (18,5-740 x 106 Bq/m3 ), fueron irradiación de todo el cuerpo, congestión pulmonar y, frecuentemente, parálisis en las extremidades posteriores. Las radiografías revelaron hiperactividad en piel, en los pulmones y en las glándulas suprarrenales.
No existen estudios recientes que relacionen los efectos observados con el estado de equilibrio entre el radón y sus descendientes, no se disponiéndose en consecuencia de una valoración cuantitativa de la relación dosis-efecto.

Estudios epidemiológicos
Los estudios epidemiológicos en los que se basa la asociación entre exposición a radón y cáncer de pulmón, fueron realizados en trabajadores de las minas de uranio, demostrándose en la población minera de varios países una incidencia de cáncer de pulmón 50 veces superior a la de la media de la población no expuesta. Debido a una ventilación insuficiente, la elevada concentración de uranio (y como consecuencia de radio-226), produjo una elevada concentración de radón y sus descendientes que al ser inhalados generaban cáncer de pulmón. Aunque en un principio se asoció el cáncer solamente a la inhalación de materia sólida, posteriormente se constató la importancia del gas en la inducción de la enfermedad. El periodo de latencia de la enfermedad se estableció en 20 años.

Bibliografía
(1) IARC (INTERNATIONAL AGENCY FOR RESEARCH ON CANCER).
Man-made Mineral Fibres and radón.
IARC, Lyon, France, 1998, vol. 43, p. 173-241.
(2) PHILLIPS, P.S., DENMAN, A.R.
radón: a human carcinogen.
Sci. Prog. vol. 80, p. 317-336 (1997).
(3) GARZÓN, L.
Radón y sus riesgos.
Universidad de Oviedo. Servicio de Publicaciones, 1992.
(4) CHOEN, B.L.
Questionnarie study of the lung cancer risk from radón in homes.
Health Phys, vol. 72, p. 615-622 (1997).
Redactora:
Adoración Pascual Benés
Ingeniero Técnico Químico
CENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJO

¿Por qué se cuestiona la energía nucleoeléctrica?

Cateos mineros de uranio, reapertura de viejas minas uraníferas, intentos de construcción de plantas nucleoeléctricas, plantas de enriquecimiento de uranio, depósitos de residuos radiactivos, etc., y los debates en torno al planes energéticos nucleares en diversos países, mueven a la información y a contar con herramientas que acerquen elementos de juicio para el debate. A continuación desarrollamos razones inquebrantables, de probada solidez científica. Cada uno de estos puntos lo respalda la biblioteca académica y puede ser desarrollado en profundidad, son a penas definiciones y puntos de partida.


CUADERNILLO DE CUESTIONAMIENTO A LA ENERGIA NUCLEOELECTRICA.

RAZONES:
Cartilla de estudio de la UAC preparado por la "comisión de energía nuclear de la UAC" taller de Santiago del Estero. Herramientas para el debate y la difusión.

1. La energía nuclear "no es barata", es cara. Cuesta más la gestión de los residuos radiactivos que la energía misma (CEA-USA).

2. También es una fuente de corrupción subsidiada: "El presupuesto original para el reactor de Atucha I era de 75 millones de dólares. Acabó costando 140 millones de dólares. El reactor de Embalse fue presupuestado en 250 millones de dólares, el costo final fue de 1.000 millones de dólares. El reactor de Atucha II (aún en construcción) cuando llevaba un 60% de su construcción (año 1988) se estimaba un coste de 1.500 millones de dólares; el coste final se proyectaba más tarde en el orden de 4.500 millones de dólares, es decir, a 7.500 dólares por kilovatio instalado: "la planta nuclear más cara del mundo". El proyecto cayó en desuso, obras paralizadas, tecnología fuera de vigencia y el gobierno de Kirchner lo reflota. Debió partir de cero: volver a empezar, hoy hay otra tecnología.

3. La planta de agua pesada de Arroyito, Neuquén, presupuestada originalmente en 250 millones alcanzó una cifra final de 1.000 millones de dólares.

4. La CNEA recibía en 1988, 0,014 dólares por kilovatio de electricidad vendida (cifras Secretaría de Energía). El costo de operar los dos reactores existentes en esos años era de 0,042 dólares por kilovatio. En comparación (antipática) las plantas térmicas e hidroeléctricas dan un coste de 0,03 y 0,027 dólares por kilovatio hora respectivamente.

5. La energía nuclear "no es limpia", es sucia e insegura. Miles de toneladas de residuos radiactivos no tienen destino. A la fecha, no existe repositorio de desechos radiactivos de alta actividad en el mundo. Algunos países, después de 66 años aún discuten su gestión definitiva. La Patagonia y el mundo los rechazaron. Los de corta y media actividad los arrojan aún al océano.

6. La vida útil de las plantas nucleares es de 30 a 40 años. Luego se las decomisa, desarmando el reactor, enterrando sus partes, sellándola herméticamente y custodiándola de por vida. De hecho se convierten en cementerios nucleares.

7. Los residuos deben enfriarse por unos 30 a 40 años en piletones ubicados en la planta. Al cabo, pueden reprocesarse los desechos para obtener lo que queda de uranio y plutonio, pero deja muchos más residuos radiactivos, una escoria mortal.

8. Reprocesar residuos radiactivos provoca el impacto tóxico más despreciable conocido por el hombre, denominado "licor de brujas" por los propios barones nucleares. (Ref. Licor de Brujas, En la Patagonia No, Ed. Lemú). Recomendamos buscar el asunto en Google bajo la denominación LICOR DE BRUJAS.

9. Solo dos países reprocesan comercialmente. El resto se abstiene. Uno de ellos, Inglaterra, reprocesa en Windscale arrojando los residuos líquidos "al Solway Firth a través de tuberías gemelas que los descargan bajo el agua más de tres kilómetros, mar adentro, a un ritmo de 500.000 litros por día". Por ahí se va el licor de brujas. En tanto, "Estados Unidos ha demorado el desarrollo de plantas comerciales de reprocesamiento de material fisionable por dificultades técnicas, altos costos de construcción y operación, y abastos adecuados de uranio en el país" (G.T. Miller Jr. Ecología y Medio Ambiente).

10. Han venido arrojando al mar tambores con residuos radiactivos, de corta y media actividad (autorización internacional para desprenderse del flagelo), garantizando la hermeticidad de los contenedores por no menos de doscientos años. Muchos ya están abiertos, algunos de ellos se abrieron antes de los diez años. No se castigó a responsables.

11. El primer mundo no tiene respuesta. No existe aún repositorio nuclear definitivo de desechos radiactivos. Inglaterra, Francia, Estados Unidos, Rusia, poseen miles de toneladas de escoria radiactiva y no decidieron su destino final. Los que construyeron fracasaron (Caso Wash 1520, pozo Z 9 de Hanford, Estado de Washington. CEA-USA, un volcán a punto de erupción. Fracaso de un cementerio nuclear de la mayor potencia atómica del mundo).

12. Para el año 2000, Estados Unidos debía aislar del medio ambiente cientos de miles de toneladas radiactivas en sepulcros concebidos para 56.000 a 2.000.000 de años de hermeticidad. Pasó otra década y aún lo está estudiando.

13. No solo preocupan los 250.000 años de vida activa del plutonio. Cualquier persona expuesta al estroncio 90 o al cesio 137, con sus 30 años de vida media, es suficiente para producir el caso Goiania; el yodo 131 es uno de los radionucleidos involucrados en las pruebas nucleares atmosféricas, desde 1945. Se encuentra entre los radionucleidos de larga vida que han producido y continuarán produciendo aumento del riesgo de cáncer durante décadas y los siglos venideros. El yodo 131 aumenta el riesgo de cáncer y posiblemente otras enfermedades del tiroides. El yodo-129 (con un periodo de semi desintegración de unos 16 millones de años) se puede producir a partir del xenón-129 en la atmósfera terrestre, o también a través del decaimiento del uranio-238.

14. El estroncio 90 y el cesio 137 son tan letales como el equivalente a 1.000 bombas atómicas de Hiroshima. Y tal generación, tal poder, es lo producido durante un año por una planta nucleoeléctrica de 1.000 megavatios.

15. La radiactividad es una energía sutil. Sin humo, sin olores, incolora, sin sentido alguno que la pueda captar. Si una millonésima parte de un gramo de plutonio penetra en nuestro cuerpo ocasionará cáncer. El cesio 137, del tamaño de un botón, envuelto en una carcasa hermética de acero y plomo, puede ser detectado a 150 metros.

16. La radiactividad es acumulativa. Si una ínfima partícula está en el pasto, la leche o la carne, llega al hombre a través de toda la cadena trófica, alterando las células de información genética, y de éste a su descendencia.

17. Igualmente si un radioisótopo toca el agua tendremos al pez grande comiéndose al chico con efecto multiplicador a lo largo de la cadena. El último de la cadena suma la de todos los demás.

18. Es tan sutil que investigadas 12 centrales nucleoeléctricas de EE.UU. por el Dr. E. Sternglass permitieron confirmar que "cualquier niño que nazca dentro de la región de 50 millas de una planta nuclear pacífica, tiene una posibilidad menos de lo normal de poder existir un año. (Estadística de 1972 confirmada por la CEA Norteamericana: Drs. Arthur Tamplin y John Gofman). (El Comité de Estadísticas Vitales de los EE.UU han confirmado el número anormal de muertes de infantes cerca de las 12 plantas investigadas).

19. En algunos países anularon concesiones para nuevas construcciones nucleoeléctricas.

20. En algunos países es obligación consultar por voto popular para instalar centrales nucleares.

21. En algunos países se paralizaron proyectos de reciclaje de combustible nuclear.

22. En algunos países el pueblo decidió rechazar centrales nucleares y cualquier instalación nuclear relevante. Por votación popular y/o de sus parlamentos, deberán desmantelarlas paralizando su actividad y gestionando los residuos.

23. En algunos países se estudian energías alternativas. Se invierte fuertemente en eólica, solar, maremotriz, hidroeléctricas de paso, geotérmicas, y otras

24. Washington, Nevada y Texas fueron los tres estados norteamericanos preseleccionados para construir un eventual basurero nuclear. Los tres estados se opusieron movilizando a su pueblo

25. En la República Argentina son cada vez más los municipios declarados NO NUCLEARES. Algunas provincias cuentan con legislación no nuclear.

26. En este país son varias las provincias que legislaron contra la instalación de plantas nucleares y/o repositorios nucleares y/o tránsito de residuos nucleares.

27. La Constitución de la Provincia del Chubut, sancionada el 11 de octubre de 1994, es terminante: "Quedan prohibidos en la provincia la introducción, el transporte y el depósito de residuos de origen extraprovincial, radiactivos, tóxicos, peligrosos o susceptibles de serlo."

28. Las movilizaciones de 1986/96, convocadas desde Trelew, produjeron las leyes patagónicas que impidieron la instalación del repositorio nuclear en Chubut al obligar a la Nación (Poder Ejecutivo) a consultar a las provincias (ley 24804); Chubut prevé en su carta magna el rechazo a instalaciones nucleares.

29. La ley nacional conseguida por los patagónicos dice: "Todo nuevo emplazamiento de una instalación nuclear relevante deberá contar con la licencia de construcción que autorice su localización, otorgada por la Autoridad Regulatoria Nuclear con la aprobación del estado provincial donde se proyecte instalar el mismo. (Ley nacional 24804, artículo 11).

30. Otro logro había sido la constituyente de 2004 que había modificado el art. 41 de la Constitución Nacional, al prohibir el ingreso de residuos radiactivos al país.

31. Los ciudadanos de cualquier provincia argentina, donde se pretenda ubicar una instalación nuclear relevante pueden recurrir a la ley 24804, artículos 11 y 12, (decisión de las provincias) y exigir que se respete la instancia participativa del pueblo de acuerdo con lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de la ley 25.675, Ley General del Ambiente; esto es, "artículo 19: Toda persona tiene derecho a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general. Artículo 20: Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente.

32. El artículo 12 de la ley nacional 24804 permite discutir cualquier actividad nuclear relevante en la provincia designada porque generalmente esa actividad produce desechos radiactivos depositados en el sitio (y no temporariamente, como las colas que contienen el decaimiento del uranio 238); el uranio tiene una vida superior a los 700 millones de años. El artículo 12 dice: "Para definir la ubicación de un repositorio para residuos de alta, media y baja actividad, la Comisión Nacional de Energía Atómica propondrá un lugar de emplazamiento. Este deberá contar con la aprobación de la Autoridad Regulatoria Nuclear en lo referente a seguridad radiológica y nuclear y la aprobación por ley del estado provincial donde se ha propuesto la localización. Tales requisitos son previos y esenciales a cualquier trámite". (la negrita y bastardilla es nuestra).

33. Debemos exigir que se respeten las leyes sobre remediación de minas de uranio. En algunos países minas a cielo abierto fueron clausuradas. Partículas de gas radón, que es radioactivo, se generan en las minas de uranio y con un viento de 16 Kms. por hora recorren mas de 1.000 Kms. antes de que decaigan a la mitad su cantidad original. Estas partículas son cancerígenas.

34. La Verne Usen que dirige el Servicio de Salud Pública de Shiprock, Nuevo Méjico, reportó en 1980 un incremento del 85% de cáncer de pulmón. Confirmaron que 60 de las 70 personas con diagnostico de cáncer de pulmón eran mineros del uranio.

35. El Centro Nacional de Estadísticas de la Salud de Estados Unidos concluyo que "el número de defectos en bebes que habitan en zonas próximas a minas de uranio que son explotadas en Utah, Nuevo Méjico, Colorado y Arizona es de 10 a 150 % mas que el promedio nacional en el resto del país.

36. Dentro de la colectividad de indios navajos no existía el cáncer, pero todos los que fueron mineros del uranio lo padecieron. Esto produjo escándalo en la comunidad científica de EE.UU.

37. En 1972 el Congreso de los Estados Unidos autorizó una importante partida de dinero para remediar las minas de uranio que quedaron abandonadas. En Gran Junction, Colorado, el aumento de niños nacidos con el paladar agrietado o partido se relacionaba con la contaminación radiactiva del lugar. En 1978 el mismo Congreso multiplicó por diez los fondos para la remoción de las colas de la molienda. Para entonces el Departamento de Energía de Estados Unidos había identificado 22 lugares nuevos contaminados con radiación que requerían urgente respuesta. En Argentina llevamos décadas esperando remediación.

38. En Argentina existe el PRAMU, Proyecto de Restitución Ambiental de la Minería del Uranio, que hasta el día de hoy no se puso en práctica. En una parte del texto, la propia Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) afirma que "...Las colas contienen además metales pesados que están presentes en el mineral (por ejemplo, Pb, V, Cu, Zn, Cr), y otros compuestos adicionados durante el proceso, tales como amonio, nitrato, solventes, etc. Así, si no se toman previsiones las colas pueden ser una fuente de contaminación ambiental a largo plazo...El 70% de la radiactividad original del mineral permanece en las colas. Las colas contienen casi toda la actividad proveniente del decaimiento del uranio238: torio 230 y radio 226, el que a su vez decae produciendo el radón 222. El torio 230 es una fuente de producción de radiactividad a largo plazo. Estos isótopos son cancerígenos..." (PRAMU-CNEA)-

39. En el PRAMU la CNEA advierte que en la colas de la minería de uranio "existen cuatro formas diferentes por las cuales puede producirse contaminación al ambiente: (i) La propagación directa del gas radón a recintos cerrados, en caso de que se utilicen los residuos como materiales de construcción o de relleno alrededor de edificios. (ii) La posible propagación del gas radón desde las colas de mineral a la atmósfera, de donde podría ser inhalado. (iii) Algunos de los productos radiactivos en las colas pueden producir radiación gamma. (iv) La dispersión de las colas mediante el viento o el agua, o por disolución puede trasladar partículas radiactividad y otros compuestos tóxicos a capas de agua superficiales o subterráneas que constituyen fuentes de aguas potable, a los suelos, a la cadena trófica y a los alimentos."

40. Dice la CNEA en el PRAMU que "El panorama que se brindó, aunque de manera genérica, permite advertir que, de no tomarse medidas, los lugares podrían ser afectados de distinta forma. Así, se podrían presentar distintas combinaciones de efectos donde resulten, por ejemplo limitaciones al uso del suelo y del agua, impedimentos para el desarrollo de determinadas actividades, aumentar el índice de probabilidad de contraer cáncer e intranquilidad social debida a la percepción que el público posee del problema, afectación de la diversidad biológica e incapacidad de asegurar a las generaciones futuras el máximo aprovechamiento de los recursos naturales."(usamos negrita y bastardilla para destacar el concepto).

41. En el PRAMU la propia CNEA expresa que en algún lugar hay que poner los residuos y que "Para definir la ubicación de un repositorio para residuos de alta, media y baja actividad, la CNEA propondrá un lugar de emplazamiento. Este deberá contar con la aprobación de la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) en lo referente a seguridad radiológica nuclear y la aprobación por ley del Estado provincial donde se ha propuesto la localización. Tales requisitos son previos y esenciales a cualquier trámite" (art.14). Y esto debe ser utilizado por las asambleas de los movimientos sociales locales.

42. Hay que destacar que desde los comienzos nucleares en el país, casi seis décadas con colas de uranio abandonadas, no se llevó a cabo remediación alguna (recordar el caso -1972- de los fondos de remediación del Congreso norteamericano). Por tal motivo es urgente exigir estudios epidemiológicos en las áreas afectadas por la actividad minera del uranio.

43. Lugares altamente afectados en el país: • MALARGÜE (Pcia. de Mendoza) • HUEMUL – Sierra Pintada (Pcia. de Mendoza)• CÓRDOBA (Pcia. de Córdoba)• LOS GIGANTES (Pcia. de Córdoba)• PICHIÑÁN- Los Adobes- Cerro Cóndor (Pcia. del Chubut)• TONCO (Pcia. de Salta)• LA ESTELA (Pcia. de San Luis)• LOS COLORADOS (Pcia. de La Rioja).

44. Exigir estudios epidemiológicos y efectuar investigación sobre los socavones abandonas de La Higuerita (Tinogasta-Catamarca) donde los obreros sacaban el uranio en las mochilas, casi en cuclillas.

45. No existe central nuclear que no haya emitido radiación al exterior.

46. Plantas nucleoeléctricas argentinas que afectan sitios densamente poblados y cuya vida útil ha caducado: Embalse Rio Tercero (Córdoba) y Atucha - Zárate Brazo Largo (Pcia. de Bs. As.). Denunciamos la permanencia de las centrales; son obsoletas, deben ser decomisadas. La plata se haya más veces detenida que en funciones. En octubre de 1983 un informe del CALIN, Consejo Asesor para el licenciamiento de instalaciones nucleares de la Comisión Nacional de Energía Atómica, (suerte de ARN de entonces), produjo el siguiente informe de Atucha: "Deterioro progresivo de la instalación, postergación de trabajos de mantenimiento, dificultades operativas del sistema de detección de fallas, fisuras existentes en las paredes, imposibilidad de garantizar adecuadamente la confiabilidad requerida, computadora fuera de servicio por dificultades de mantenimiento, falta de herramientas y equipos que repercute en las dosis radioactivas que recibe el personal, accidentes que han provocado un aumento importante en las dosis radiactivas que recibe el personal."

47. La CNEA reconoció sólo dos serios accidentes: "En septiembre de 1983, un operador del reactor RA-2 experimental en Constituyentes murió después de una exposición a la radiactividad. La CNEA recién reveló la investigación en 1986, desdibujando la verdad y minimizando el hecho. El otro caso fue en octubre de 1984 cuando un técnico de Pichileufú murió a causa de una explosión. La CNEA atribuyó la muerte a faltas al observar las medidas de seguridad.

48. INVAP (Investigaciones Aplicadas) vendió un reactor a Australia con el compromiso de recibir los residuos que genere en el país comprador. El artículo 41 de la Constitución Argentina prohíbe la importación de residuos radiactivos, pero la complicidad de las partes aseguró que era "combustible nuclear gastado". La Corte Suprema de Justicia de la Nación les dio la razón.

49. Incidentes nucleares significativos, llamados "accidentes" radiactivos históricos: a) 1957 (KASLI) oeste de los montes Urales. Contaminación de hasta 600 kms. cuadrados y la evacuación de 30 aldeas. b) 1957-Windcascale Pile, Irlanda, incendio de un reactor que liberó plutonio y yodo radiactivos contaminando 500 kms2 y destruyó 5,6 millones de litro de leche de tambos de la zona. En 1983 se registraron 200 casos de cáncer en la tiroides, sobre todo en niños. c) 1963, Indian Point (USA) un escape radiactivo eliminó la fauna local y producciones agrícolas. d) 1971, Monticello, Minnesota, USA, Más de 190.000 litros de agua radiactiva desbordaron del depósito de desechos de rfactor y se volcaron en el río Missisippi. Fue tragedia. e) Harrisburg, Pensilvania, USA, fuga de vapor radiactivo de la planta Three Mille Island, nube que de inmediato cubrió 30 kms2. Se evacuaron millones de personas. Fue el desastre nuclear más grande antes de Chernobyl y fue ocultada su magnitud. f) Siete años más tarde hubo un caso semejante en Rusia. g) 1979 Erwin, Tenesse, USA, escape de uranio radiactivo contaminó a mil personas. h) Japón, Planta de Tsuruga, 45 trabajadores afectados y la contaminación de la bahía pesquera. i) Gore, Oklahoma, USA, estallido de cilindro de material nuclear en la planta Kerr McGee. j) CHERNOBYL, 1986, Ucrania, fusión completa del núcleo del reactor. Un caso para estudiar especialmente. k) 1993, Nube radiactiva en Tomsk-7 Siberia. l) 1995, escape descontrolado en el generador experimental de Monju, Japón. ll) 1996, escape grave en la central de Racht, norte de Irán. m) 1997 Japón, explosión e incendio en la planta de Tokaimura. Es un caso especial para describir debido al impacto social que produjo. (Nos hemos referido hasta aquí a diversos casos de impactos radiactivos, por distintas circunstancia, por la variedad de las causas fundamentalmente. Hay centenares de fugas radiactivas y accidentes severos en los reactores con alto costo devidas humanas, fauna, flora y biodiversidad por impactos en la cadena trófica).

50. Hay cientos de circunstancias de emisiones radiactivas por la actividad humana nuclear que merecen destacarse: aviones que se estrellaron transportando material radiactivo, aviones a los que se le desprendieron accidentalmente bombas atómicas, caso Palomares y otros, transportes terrestres y marítimos que volcaron elementos radiactivos, diez mil personas afectadas por radiación debido a la primera explosión atómica de la Unión Soviética, en Semipalatinks, Kazajistán; accidente en planta de reprocesamiento, en la fábrica de plutonio de Sellafield (G.Bretaña), clasificado en el nivel 5 de la escala de desastres nucleares, que puntúa sobre un máximo de 7. Millones de personas expuestas a radiación en la etapa empírica de la actividad nuclear. Etc. Industrias, insumos y humanos contaminados por precipitaciones radiactivas años después de la liberación de la energía nuclear en el lugar.

ALGUNOS CONCEPTOS NECESARIOS PARA QUE LOS COMPAÑEROS DE LA UAC CONOZCA Y DESARROLLEN. CONCEPTOS ELEMENTALES.

51. URANIO: El uranio es un metal radiactivo que en estado natural contiene tres tipos de isótopos: uranio238, uranio, 235 y uranio 234. El 0,7% es uranio235, precisamente el fisionable, el que se usa como combustible en los reactores para producir calor mediante la reacción en cadena (Es 235 porque se suman 143 neutrones más 92 protones que hay en su núcleo). El resto del uranio es 238 el que más abunda (99,284% de cada gramo de uranio); uranio238, número que proviene de 146 neutrones sumados a 92 protones.
Es decir, ambos tienen el mismo número de protones pero difieren del de neutrones. Por eso son isótopos, porque los núcleos con igual número de protones pero distinto número de neutrones se los denomina isótopos.
La inestabilidad del uranio 235 cuando se le bombardea con un neutrón es lo que produce la reacción en cadena.

52. Radiación: Energía que se propaga en forma de ondas o partículas. Los tipos de radiación más comunes son el calor, la luz, las ondas radioeléctricas y las microondas. La radiación ionizante es una forma muy energética de radiación electromagnética. Son radiaciones ionizantes los Rayos X, Rayos γ, Partículas α y parte del espectro de la radiación UV entre otros. Por otro lado, radiaciones como los Rayos UV y las ondas de radio, TV o de telefonía móvil, son algunos ejemplos de radiaciones no ionizantes. Una radiación ionizante es cualquier radiación capaz de desplazar electrones de los átomos del material que atraviesa, produciendo iones de esa manera. Las dosis altas de radiación ionizante pueden provocar daños importantes en la piel o en los tejidos.
"La exposición a pequeñas cantidades de radiación durante un largo período de tiempo, aumenta el riesgo de cáncer. También puede causar mutaciones en los genes, que podrían transmitirse a cualquier niño que sea concebido después de la exposición. Mucha radiación por un corto período de tiempo puede causar quemaduras o enfermedades por radiación. Los síntomas de la enfermedad por radiación incluyen náusea, debilidad, caída del cabello, quemaduras en la piel y disminución de la función de algunos órganos. Si la exposición es lo suficientemente grande, puede causar envejecimiento prematuro o inclusive la muerte. Es posible que tenga que tomar medicinas para disminuir el material radioactivo en su cuerpo." (EPA-Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos).

53. Uranio empobrecido: es un subproducto del proceso de enriquecimiento del uranio (aumento de la concentración de U-235, el isótopo fisible) en la industria de la energía nuclear, por el cual se extrae prácticamente todo el isótopo radiactivo U-234 y alrededor de dos tercios del U-235. Por consiguiente, el uranio empobrecido está compuesto casi en su totalidad por U-238 y su radiactividad es aproximadamente el 60% de la del uranio natural. El uranio empobrecido también puede contener trazas de otros isótopos radiactivos introducidas durante su procesamiento

54. Uranio enriquecido: es el proceso al que es sometido el uranio natural para obtener el isótopo de U235. El contenido porcentual de U 235 en el uranio natural se incrementa a través de un proceso de separación de isótopos. El uranio natural se compone principalmente del isótopos U238, con una proporción en peso de alrededor del 0,7 % de U235, el único isótopo en cantidad apreciable existente en la naturaleza que es fisionable en los reactores.

55. Daños I: "El daño que produce la radiación depende de la actividad y energía de la misma, de la duración de la exposición, del área del cuerpo afectada y de si la fuente está dentro o fuera del cuerpo. Fuera del cuerpo, los rayos gamma son particularmente dañinos, porque penetran los tejidos humanos con gran eficiencia como lo hacen los rayos X. En consecuencia, el daño que causan no está limitado a la piel. En cambio, la piel detiene casi todos los rayos alfa, y los rayos beta solo consiguen penetrar aproximadamente 1 cm. más halla de la superficie de la piel. Por lo tanto, ni uno ni otro son tan peligrosos como los rayos gamma a menos que la fuente de radiación entre de alguna manera en el cuerpo. Dentro del organismo, los rayos alfa son particularmente peligrosos porque transfieren su energía al tejido circundante e inician daños considerables. En general, los tejidos que muestran mayor daño a consecuencia de la radiación son los que se reproducen con rapidez, como la médula ósea, los tejidos formados de sangre y los nódulos linfáticos. El efecto principal de una exposición prolongada a dosis bajas de radiación es la inducción del cáncer. El cáncer es causado por daños al mecanismo regulador del crecimiento, lo que induce a la célula a reproducirse sin control. La leucemia, que se caracteriza por el crecimiento excesivo de glóbulos blancos de la sangre, es probablemente el principal de cáncer asociado a la radiación.
En vista a los efectos biológicos que nombramos, es importante determinar si algún nivel de radiación no es peligroso para los organismos. Desafortunadamente, los intentos por fijar normas realistas se han visto obstaculizadas por la falta de comprensión de los efectos de la exposición de larga duración a la radiación. Los científicos que se ocupan de fijar normas sanitarias han aplicado la hipótesis de que los efectos de la radiación son proporcionales a la exposición incluso en dosis bajas. Se supone que cualquier cantidad de radiación causa cierto riesgo de lesión y los efectos de las dosis altas se extrapolan a las más bajas. En cambio, otros científicos que consideran que existe un umbral bajo el cual la radiación representa un riesgo. Hasta que las pruebas científicas permitan definir la cuestión con cierta confianza, es más seguro suponer que incluso los niveles bajos de radiación plantean ciertos riesgos.
La irradiación de zonas concretas del cuerpo (radiaciones accidentales) produce daños locales en los tejidos. Se lesionan los vasos sanguíneos de las zonas expuestas alterando las funciones de los órganos. Cantidades más elevadas, desembocan en necrosis (zonas de tejido muerto) y gangrena. Las consecuencias menos graves de una radiación ionizante se manifiestan en muchos órganos, en concreto en la médula ósea, riñones, pulmones y el cristalino de los ojos, debido al deterioro de los vasos sanguíneos. Como consecuencias secundarias aparecen cambios degenerativos y funciones alteradas. No obstante, el efecto retardado más importante comparándolo con personas no irradiadas, es el aumento de la incidencia de casos de cáncer y leucemia. El aumento estadístico de leucemia y cáncer de tiroides, pulmón y mama, es significativo en poblaciones expuestas a cantidades de radiación relativamente altas (más de 1 Gy). En animales de experimentación se ha observado una reducción del tiempo de vida, aún no se ha demostrado en seres humanos."(El presente informe pertenece a especialistas que presentaron tres pasos hacia un mundo libre de armas nucleares y de emisiones de radiación ionizante: Rose Gottemoeller, James Goodby, Harold Smith, Sharon Squassoni, Cristina Hansell).

56. Daño II. Síntesis del impacto de una mina de uranio a cielo abierto: "Cuanto más diseminado está el mineral, menor baja ley mineral ofrece y para extraerlo hay que volar montañas, mesetas y suelos en general, en grandes extensiones. Cuanto más baja ley, mayor el volumen de agua utilizada, mayo cantidad de ácido sulfúrico y compuestos químicos, mayor cantidad de energía para funcionar la planta, más desertización y daño paisajístico y, por supuesto, cuanta más baja ley mayor cantidad de explosivos y voladuras. Las piedras se muelen según convengan y se aplica un sistema de lixiviación a base de compuestos químicos para atrapar los minerales requeridos. Lixiviar es como regar el jardín de nuestras casas pero en este caso con una gran cantidad de solución de agua y ácido sulfúrico. De modo que tenemos dos gravísimas consecuencias: las voladuras y el polvillo en suspensión (que en este caso contiene gran cantidad de uranio principalmente, y no cobre u oro como ocurre en otras explotaciones igualmente dañinas), la movilización de metales pesados que acompañan al uranio(plomo, mercurio, etc. los que hubiere en el área), y que terminarán buena parte de ellos en los acuíferos de la zona. A continuación se separa la parte sólida de la líquida para obtener el concentrado de uranio. En esta operación se abandonan peligrosos residuos, que son motivo de la discusión mundial, y en poblaciones próximas a estas minas. Por tonelada de iranio se generan 3.700 litros de residuos líquidos y cien veces el peso del material obtenido en residuos de radio. Entre esos residuos sólidos se hallan las denominadas colas que contienen abundante uranio, radio 226, radón 222, y además pueden incorporarse cromo vanadio, molibdeno, cobre, níquel, cobalto, hierro y distintos compuestos químicos como ácido sulfúrico, isodecanol, carbonato más hidróxido de sodio, bióxido de manganeso, etc. Lo que se dice una verdadera sopa química y radiactiva, verdadero cóctel amenazante para el ecosistema vigente en el lugar. Los compuestos radiactivos poseen una vida media, según sean, de días o hasta diez mil y cien mil años. Un isótopo del uranio, el radio 226 perdura por 1.600 años. Los contaminantes debidos a la explotación minera se componen de gases, partículas en suspensión, residuos sólidos con diferente emisión de radiación, efluentes varios y metales pesados. Los efectos ambientales de la explotación y procesos posteriores incluyen: contaminación de aguas superficiales y subterráneas con químicos y material radiactivo, drenaje de metales pesados de las escombreras y pilas de colas, drenajes ácidos de mina (DAM), drenajes ácidos de roca (DAR), químicos producto de la lixiviación, impacto en el ecosistema silvestre, terrestre y acuático, peligro para la salud humana debido a fuentes de agua contaminadas y al gas radón, el polvillo radiactivo, etc. y alteración del paisaje entre otros daños secundarios como los ruidos y vibraciones generados por las explosiones y labores mineras. En las colas, insistimos, habrá buen volumen del decaimiento del uranio 238: torio, radio, protactinio, plomo, polonio, etc. destacándose la emisión de las tres formas radiactivas: alfa, beta y gamma (En La Patagonia No, pág. 225, ed. Lemu).

57. Daño III: La radiactividad hace daño de múltiples formas, depende del organismo en el que impacta como de la dosis recibida. Desde asma y alergias, pasando por abortos espontáneos, deteriorando nuestro sistema inmunológico, produciendo leucemias, tumores cancerígenos, muerte en la infancia, deformación en los fetos, retardación física y mental en niños. Una dosis de 400 rems mataría a cualquier persona en el término de dos semanas, pero dosis más bajas son también peligrosas, en opinión del Dr. John Gofman, que trabajó en la Comisión de Energía Atómica de USA (CEA), descubridor del uranio 233, autor del libro Radiación y Salud Humana, un texto ejemplar que permite entender la forma en que la radiactividad produce cáncer, leucemia y deformaciones de todo tipo, también trabajó sobre la estimación de la disminución del tiempo de vida y evalúa las consecuencias genéticas para las generaciones futuras, debido a la radiación a la que actualmente nos exponemos: "por ejemplo –dice- las mutaciones, cuando un gen es cambiado estructuralmente, un niño formado "con un huevo" o célula de esperma mutada, puede resultar un ser enfermizo o nacer con malformaciones y trasmitir dichas mutaciones a sus hijos", Desde el momento en que "la radiación penetra en nuestro cuerpo -, continúa Gofman - y choca con un gen regulador dentro de la célula y lo daña químicamente, provoca que éste transmita una información inadecuada: la célula dañada en vez de dividirse en dos células nuevas, se descontrola y produce millones de otras células igualmente dañadas, provocando un tumor canceroso y esto puede ocurrir entre los cinco y cuarenta años después de la exposición a la radiación". En otros casos la muerte puede ser inmediata como los repetidos casos de Goiania, Chernobyl y tantos otros.

58. En 1979 la Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos informó que virtualmente todo tipo de cáncer a la sangre, pecho, pulmón, sistema digestivo y otro, puede ser iniciado por exposición a la radiación, además se confirmó una conexión con enfermedades cardíacas, anemias (un desarreglo en las células de la sangre) y cataratas: "Para una mujer el riesgo es el doble del que corre un hombre y para un lactante, cuarenta veces más".

59. El promedio de la radiación absorbida por el hombre en el mundo se estimaba (hace 30 años) en 120 milirems al año, ahora habrá que volver a medirla ya que se encontraron serias fallas en la cuantificación anterior. La Comisión Reguladora Nuclear de los Estadios Unidos (NRC) con la firma de sus responsables, doctores Robert Minogue y Karl Goller, advirtieron que "cualquier dosis de radiación, por insignificante que esta sea, puede provocar daños en la salud, por ejemplo cáncer, y toda exposición a la radiación tiene un efecto acumulativo en el cuerpo y se suma hasta el último día de nuestras vidas".

60. "Toda radiación radiactiva es genéticamente indeseable por ínfima que sea y en todos los casos produce mutaciones perniciosas. El daño genético es proporcional a la dosis recibida" (Albert Einstein).

61. Prepararse para la contra-información: a) Las comisiones y autoridades de energía atómica suelen adulterar cifras que asombran, como decir que el desastre nuclear de Chernobyl produjo sólo 11 muertes. Las cifras de O.I.E.A (Organización Internacional de Energía Atómica) dicen que contabilizaron 1.800 muertes en Ucrania a poco del desastre, y se esperan más víctimas de Chernobyl. Más de un millón de personas fueron expuestas a la radiación en forma inmediata, incluyendo los soldados "limpiadores" iniciales.

62. b) Salud Pública de Kiev (Ucrania) reconoció que "Chernobyl afectó a 5 millones de personas" cifra que no es definitiva. Sólo en Ucrania, Bielorusia y Rusia hubo siete millones de afectados por la radiación. De ellos, tres millones de niños y once mil casos de tiroides.

63. c) En el momento del desastre de Chernobyl fueron evacuado 91.000 habitantes (tardíamente). Más de 168.000 se sumaron años siguientes. En 1995 hubo que evacuar a otras 11.000 personas que ya estaban afectadas en poblaciones apartadas de la planta colapsada. Permanentemente la gente debe abandonar sus hogares en distancias que se creía invulnerables a la radiación. (OIEA).

64. d) "El Consejo Sueco de Protección Radiológica estimó que el coste del accidente de Chernobyl le significó a Suecia mil millones de coronas de manera urgente. Si se sumaran las cifras de todos los países afectados, el resultado indicaría claramente el carácter único del riesgo económico asociado con la energía nuclear" (Asa Moberg, "La Energía nuclear en crisis"-1986).

miércoles, 13 de octubre de 2010

¡Ongamira Despierta! y la concientización en Punilla

Los vecinos que conformamos la asamblea ¡Ongamira Despierta! estuvimos presentes en varias localidades del Valle de Punilla, Córdoba, con el fin de ir despertando nuevamente a los habitantes de la zona y a los turistas sobre la situación actual de nuestra Ley 9526 que prohibe la minería metalífera a cielo abierto en Córdoba, la cual esta amenazada ante un pedido de inconstitucionalidad por parte de la Cámara de mineros y los profesionales de la CNEA.
La consigna era pedir firmas en apoyo a la Ley e informar como lo venimos haciendo hace más de tres años.

Los puntos fueron:
SAN MARCOS SIERRAS:
"3er Encuentro Internacional de la Mujer" por la sanación del Planeta: 8, 9 y 10 de octubre
CAPILLA DEL MONTE:
Stand en "Feria Natural": 8 al 11 de octubre

LA CUMBRE:
Evento de ciclismo "Desafío Rió Pinto": 9 de octubre

BIALET MASSE:
Festival "América Mestiza": 8 al 10 de octubre

Queremos destacar lo enriquesedora que fue la jornada de America Mestiza en Bialet Masse, en donde encontramos a gente de otras provincias con problemas graves en tema megaminería como Jenni de Famatina (La Rioja), Urbano Cardoso de Andalgalá (Catamarca), Marcos Pastrana de los Valles Calchaquies, etc. Se formó una mesa con los integrantes de distintas asambleas, la cual coordinaba la locutora Fabiana Bringas. Allí hablamos de los triunfos y de las luchas y luego juntamos firmas por la Ley. A la noche hablaron los representantes de las otras asambleas del país, lo cual fué todo muy emocionante.
Agradecemos a los organizadores del evento por invitarnos y a la gente que se acercó a firmar.

En Capilla del Monte, y por tercer año consecutivo, estuvimos concientizando en un stand de la Feria Natural a mucha gente que vino desde distintos puntos de Córdoba y del País. Provincias como Mendoza, Catamarca, San Juan, La Rioja, Santa Fé, Chubut y Buenos Aires nos visitaron en esta feria.
Agradecemos de corazón a la gente que se mostro más que interesada en la problemática, haciendo sus aportes y hasta fila para firmar! Un agradecimiento especial a la Gerencia de Turismo que cada año nos ofrece gratuitamente este espacio tan valioso y a los compañeros de otros stand que, cabe destacar, ovacionaron a Ongamira Despierta al momento de recibir el certificado de participación demostrando su apoyo a tanto años de lucha y perseverancia.

En La Cumbre no corrimos con la misma suerte. En el marco del evento de ciclismo "Desafío Rio Pinto", la mayoría de la gente no se veía interesada en firmar ni escuchar sobre la realidad de Córdoba, cosa que no nos a pasado otros años con este evento, al cuál asistimos también por tercer año consecutivo. Sin embargo esto no nos desilusiona, sabemos que hay gente más dormida que otras y ese es parte de nuestro Desafío.

Los vecinos de San Marcos Sierras también estuvieron haciendo su trabajo de concientización en el marco del 3er Encuentro Internacional de la Mujer con la consigna de Sanar el Planeta. Allí también se juntaron firmas y se puso al tanto a los participantes del evento sobre lo que sucede con esta Ley impulsada por los vecinos de Córdoba para cuidar esta parte del planeta en la cual nacimos o elegimos vivir.

Seguiremos con nuestro trabajo, poniendo nuestro granito de arena en pos de un mundo sin contaminación, sin intereses económicos que prevalezcan sobre la VIDA y el AGUA.

Usted también puede colaborar ya que, más allá de lo que te muestran, siempre hay ESPERANZA.

¡GRACIAS A TODOS!

FOTOS FERIA NATURAL EN CAPILLA DEL MONTE:

lunes, 11 de octubre de 2010

Comunicado de Prensa: De nuevo la censura. Córdoba defensa de la Ley 952

Comunicado de Prensa 8-10-10:
De nuevo la censura.

Durante el día de ayer, Conciencia Solidaria se hizo presente en la segunda charla- debate sobre minería: LOS PROCESOS MINEROS y la PARTICIPACIÓN DE TERCEROS, dada en la facultad de abogacía de la Universidad de córdoba, ubicada en la capital de la provincia. La cual estaba a cargo de las DOCTORAS NORMA BEATRIZ HERRERA, MARIA OFELIA ZAMZEM, y SUSANA RAQUEL BECACECI.
Durante la exposición se tocaron algunos temas como Estudios e Informes de impacto ambiental, la categorización de minerales, tal como se lo clasifica en el código de minería, los intervinientes en el proceso de cateo, exploración y explotación, propietarios y mineros, servidumbres, permisos, superficiarios, derechos y obligaciones etc. Luego de esto una de las expositoras trató de explicar respaldada en un power point que la minería puede convivir con otras actividades.
Nuevamente, la delegación que se encontraba en la sala pudo comprobar que frente a las preguntas y declaraciones de quienes defendemos la vida, estos disertantes nada contestaron en concreto. Tal es así que respecto al planteamiento de uno de los compañeros de la ONG sobre el obviado tema de la ley 9.526 en la charla y el pedido de inconstitucionalidad de la misma, solo se respondió con evasivas y cierta exaltación y molestia por parte de una de las abogadas. Sin decir, que este mismo compañero planteó el soslayo que una de las doctoras hizo al momento de hablar de minería: Cuando plasmó las categorías minerales, comentó que en este momento en Córdoba había una prohibición de acuerdo a la técnica extractiva. A lo que el representante de la ONG aportó, que no es solo por la técnica, sino precisamente por condición del mineral, QUE ES RADIACTIVO (URANIO). A partir de este cuestionamiento, y luego con otro comentario de un vecino zonal que se encontraba presenciando la exposición, es que casi “diplomáticamente” las disertantes levantaron campamento. ¿La despedida?: que el marco de la charla del día no tenía nada que ver con lo que se estaba cuestionando. Seguramente que no. Su exposición duró poco más de dos horas, el “debate” 20 minutos. Evidentemente no quieren escuchar.
Puertas adentro, se demostró una vez más que solo se busca entre el alumnado de la carrera de Derecho, los futuros defensores de los intereses corporativos transnacionales mega mineros. Su forma de operar es simplemente la tergiversación del verdadero discurso sobre una problemática que afecta sociedades enteras y deja pasivos medioambientales sin retorno.
Cabe destacar que la ONG, no solo se instaló dentro del recinto, sino puertas afuera para realizar las denominadas tareas de rutina: entrega de folletos, información a los transeúntes y junta de firmas, complementando el aporte que otra delegación trató de realizar en el interior.
Que esta gente quiera hacer oídos sordos a la problemática, no es determinante para que quienes defendemos la vida, tengamos la oportunidad cada vez que estén dando su engañosa versión de los hechos, hacer sonar la otra campana.

¡SI A LA VIDA, AL AGUA Y AL AIRE PURO! ¡NO A LA EXPLOTACIÓN DE URANIO!

sábado, 9 de octubre de 2010

SEGUNDO ESCRACHE POR ACTIVIDAD PROMINERA FAC DE DERECHO

El jueves 7 de octubre los compañeros de la UAC Unión de Asambleas Ciudadanas en Córdoba, realizamos el segundo escrache en la Fac de Derecho U.N.C con motivo de la continuidad del ciclo de jonadas debate de Derecho Minero,cuyo director es el Abogado Rafael Vaggione, ex decano y ex titular de la Cátedra de Derecho Agrario y Minero.
Como es de publico conocimiento el Doctor Vaggione es el abogado que en representacion de los profesionales de la CNEA Comisión Nacional de Energía Atómica hizo la presentación al Tribunal Superior de Córdoba para pedir la inconstitucionalidad de la ley 9526 que prohibe la explotacion mega minera a cielo abierto con utilizacion de sustancias químicas como cianuro y ácido sulfúrico.
Ya lo hemos reiterado pero consideramos importante seguir insistiendo y denunciando la impunidad con que este profesional se maneja al utilizar la Alta Casa de Estudio para hacer lobby, así como también su Decano que lo permite y avala, cediendo el espacio para tales actividades.
La charla se dicto dentro de la Fac de Derecho en un anfiteatro en donde era difícil poder utlizar megáfono,hacer ruido etc., pero a pesar de ello pudimos distribuir volantes a todos los participantes del evento como así también en la calle a la entrada de la facultad.
Se colocaron afiches escrachando a Vaggione en el ingreso del anfiteatro e inclusive a los disertantes.
Agradecemos a los compañeros de Capilla Del Monte, Giardino y Casa Grande, de ¡Ongamira Despierta!, quienes enviaron miles de volantes que fueron distribuidos junto con otros.
Fue importante la participación de agrupaciones estudiantiles que se sumaron, como La Bisagra y Movimiento Sur esta ultima además fue quien nos alerto de la jornada del jueves.
Adjuntamos fotos del escrache y a estar atentos, debemos y tenemos que seguir luchando por esta ley.

jueves, 7 de octubre de 2010

¡ONGAMIRA DESPIERTA!: ACTIVIDADES DE CONCIENTIZACIÓN en PUNILLA

Estaremos presentes en varios puntos del Valle de Punilla con el fin de concientizar y juntar firmas en apoyo a la Ley 9526, la cual está amenazada ante un pedido de inconstitucionalidad por parte de la Cámara Empresaria Minera de Córdoba y los profesionales de la CNEA.

Como ya sabrán, esta Ley PROHIBE la minería metalífera a cielo abierto en Córdoba y la extracción de material radiactivo como el URANIO y el TORIO.

Fué lograda con mucho trabajo de todo el pueblo cordobés que en 2008 dijo NO a esta minería.

Renovemos el compromiso
Acérquense ¡los esperamos!

SAN MARCOS SIERRAS:
"3er Encuentro Sudamericano para la Sanación del Planeta": 8, 9 y 10 de octubre

CAPILLA DEL MONTE:
Stand en "Feria Natural": 8 al 11 de octubre

LA CUMBRE:
Evento de ciclismo "Desafío Rió Pinto": 9 de octubre

BIALET MASSE:
Festival "América Mestiza": 8 al 10 de octubre